¿Te quieres divorciar, pero tu cónyuge se encuentra en el extranjero?
Muchas personas nos consultan respecto a cómo poder divorciarse si su cónyuge se encuentra fuera del país, y respecto a ello les queremos contar lo siguiente:
En primer lugar, cabe considerar que los cónyuges se pueden divorciar en Chile, siempre y cuando hayan celebrado acá su matrimonio, o hayan validado e inscrito en nuestro país su matrimonio celebrado en el extranjero.
Tenemos dos opciones dependiendo de las circunstancias que se den:
Primero, si su cónyuge se encuentra en el extranjero y tienen comunicación, la ventaja de este caso es que podemos celebrar un divorcio de mutuo acuerdo si ha pasado un plazo mínimo de un año de cese de convivencia, y obviamente las partes están de acuerdo.
También un cónyuge que se encuentre en el extranjero podría presentar una demanda de divorcio por cese de la convivencia si han pasado tres años desde el cese, y divorciarse a pesar de no encontrarse de manera presencial en Chile, lo cual debe realizarse de la siguiente forma:
El cónyuge que se encuentre en otro país, debe acercarse al consulado chileno más cercano para firmar un mandato, esto, previo haber acordado con un abogado chileno la redacción y envío de un mandato especial para divorcio; una vez firmado el mandato, este es enviado a Chile, siendo el paso siguiente legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores, y finalmente protocolizarlo en una notaría. Realizados estos trámites, el mandato se puede utilizar tal cual como si hubiese sido otorgado en nuestro país.
Como podrán apreciar es un trámite que se compone de varios pasos y lleva algún tiempo realizarse, sin embargo, es la forma que nos da la posibilidad de celebrar un divorcio en Chile cuando una de las partes se encuentra fuera del país.
En segundo lugar tenemos el caso en que el cónyuge salió del país y no tuvimos más noticias de éste; acá cabe considerar que deben haber pasado al menos tres años desde que uno de los cónyuges abandona el país para poder accionar.
Lo que procede sería lo siguiente: presentar, patrocinado por abogado, la demanda de divorcio unilateral por cese de la convivencia, en la cual señalamos el hecho de que desconocemos el actual paradero del cónyuge, y por ello solicitamos oficiar a la sección de extranjería de la Policía de investigaciones para que certifique que el cónyuge demandado abandonó nuestro país hace al menos tres años sin retorno; si esto es efectivo, y una vez que la policía informa de ello al juez de familia, podemos solicitar se nombre un defensor de ausentes y que se lleve a cabo el juicio de divorcio, siendo el cónyuge no ubicado representado por este.
Finalmente, mencionar que estas reglas se aplican sea el cónyuge chileno o extranjero, y es muy importante señalar que la estrategia dependerá de cada caso en particular, por lo cual si tu situación se encuentra en alguno de los casos expuestos, te recomendamos solicitar una hora de atención gratuita con uno de nuestros abogados.